REINCORPORACIÓN
REINCORPORACIÓN
La Reincorporación es una acción estatutaria por la cual el docente puede solicitar el reingreso al sistema educativo bonaerense en aquellos cargos módulos u horas cátedra en los que revistaba como Titular.
Su otorgamiento está condicionado a la existencia de vacantes y asimismo el solicitante deberá reunir los siguientes requisitos:
- Haberse desempeñado como Titular con Destino Definitivo en el cargo/módulos/horas cátedra en que se solicita la Reincorporación.
- En el momento en que se produjo el cese del cargo/módulos en el que solicita Reincorporación deberá reunir una antigüedad mínima de dos años en el Nivel/modalidad (contando el desempeño como Titular Interino) y cinco años en general en la Provincia de Buenos Aires en cualquier situación de revista.
- Promedio de calificación no inferior a siete puntos contabilizando los desempeños como Titular Interino y Titular, en el cargo/módulos/horas cátedra en que solicita Reincorporación.
- Apto psico-físico acreditado por la Dirección de Reconocimientos Médicos u Organismo que esta Dirección determinare.
- No hallarse en condiciones de obtener los beneficios jubilatorios y requisito máximo de edad en el Nivel/modalidad en que solicita la Reincorporación.
- En caso de haber cesado por sanción expulsiva, haber obtenido previamente la rehabilitación para reingresar en la docencia.
- No exceder el máximo de cargos titulares establecido por el artículo 28 ni que se produzcan incompatibilidad horaria determinadas en el artículo 29, con la carga horaria que aspira a Reincorporar.
Cesantía: hayan transcurrido al menos tres años desde la fecha del cese
Exoneración : hayan transcurrido cinco años desde la fecha en que se resolvió la sanción.
La solicitud de rehabilitación se presenta ante el Director General de Cultura y Educación y éste dará intervención al Tribunal de Disciplina. Asimismo, no podrán ser reincorporados los docentes inhabilitados judicialmente mientras esté vigente la inhabilitación.
Procedimiento de Reincorporación:
El docente que solicita Reincorporación ante todo, es importante que sepa que el procedimiento en formato papel en términos reales solía demorar bastante tiempo (incluso dos o tres años), no obstante su gestión actual por la plataforma GDEBA puede acortar el mismo.
En líneas generales el procedimiento puede resumirse del siguiente modo:
- El docente solicita su Reincorporación ante la SAD del distrito correspondiente.
- La SAD controla y eleva el legajo del aspirante a la Dirección de Personal en el Nivel Central.
- El legajo del aspirante pasa por diferentes Reparticiones en el Nivel Central incluso por la Dirección de Tribunales de Clasificación en la oficina de Coordinación y Trámite.
- En caso que la Reincorporación sea otorgada por el Nivel Central, el EE (Expediente Electrónico) regresará al territorio para lo notificación del docente en la SAD.
- La SAD procederá a dar un destino transitorio en el cargo reincorporado, dentro del Nivel/modalidad y distrito. Previo a devolver el EE, la SAD deberá adjuntar la Propuesta de Destino y la Toma de Posesión, como así también el acta de comparecencia firmada por el docente. Tener en cuenta que el destino transitorio está sentado sobre una vacante y puede ser desplazado por acciones estatutarias. En tal caso el aspirante elegirá otro destino para continuar su transitoriedad.
- El docente en desempeño del destino transitorio, podrá solicitar luego al Tribunal Descentralizado su Reincorporación definitiva a través del MAD en el marco del artículo 55g. Podrá incluso solicitar otro distrito sólo si adujera y documentara razones de unidad familiar o salud.
El marco normativo de la Reincorporación se sustenta en los artículos 98 a 100 del Estatuto (Ley 10.579)
DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR
Se sugiere dirigirse a la SAD del distrito para informarse acerca de la documentación a presentar y el modo. No obstante en líneas generales puede resumirse de la siguiente manera:
- Nota solicitando la Reincorporación. Aclarar cargo, Nivel/modalidad y distrito a reincorporar, aclarando fecha y causal de cese. Detallar en qué escuela y distrito desempeñó dicho cargo. Es recomendable informar los datos de contacto
- Copia de algún couli de ese momento, donde se advierta el cargo titular y el número de secuencia, cuando el mismo estaba en desempeño
- Copia de Propuesta de Titular Interino y Designación en carácter de Destino Definitivo firmadas por la SAD, del cargo al que se aspira a reincorporar. Asimismo de poseerlo, se deberá incluir el acto resolutivo en carácter de Titular con Destino Definitivo.
- Copia de Toma de Posesión en la escuela en carácter de Titular Interino, como así también en el Destino Definitivo.
- SET 4 con las calificaciones del cargo a reincorporar, ya sea en carácter de Titular Interino, como así también aquellas ya con Destino Definitivo hasta el cese.
- Certificación de desempeño provisto por la escuela indicando periodo como Titular Interino o ya con Destino Definitivo.
- Copia de DNI anverso y reverso en el que se aprecie incluso el número de CUIL.
- Copia de Título habilitante para el cargo que aspira a reincorporar.
- Oblea de puntajes del año en curso de Listado Oficial
- En caso de haber renunciado, copia del formulario de Renuncia de cargo titular presentado ante la escuela y ésta ante la SAD y
- Acto resolutivo de aceptación de renuncia a cargo titular notificado por SAD al interesado.
- En caso de haber cesado por sanción expulsiva, se deberá adjuntar el acto administrativo de Rehabilitación.
- Apto psico-físico si lo tuviere.
Nota: en este publicación se detallaron los aspectos generales del procedimiento. No obstante se deberá contactar con la SAD del distrito en todos los casos, por cualquier particularidad en cuestión o bien en relación de informarse acerca de la documentación y modos de presentación del trámite.
Comentarios
Publicar un comentario