REINCORPORACIÓN

 REINCORPORACIÓN


La Reincorporación es una acción estatutaria por la cual el docente puede solicitar el reingreso al sistema educativo bonaerense en aquellos cargos módulos u horas cátedra en los que revistaba como Titular.

Su otorgamiento está condicionado a la existencia de vacantes y asimismo el solicitante deberá reunir los siguientes requisitos:

  •  Haberse desempeñado como Titular con Destino Definitivo en el cargo/módulos/horas cátedra en que se solicita la Reincorporación.
  • En el momento en que se produjo el cese del cargo/módulos  en el que solicita Reincorporación deberá reunir una antigüedad mínima de dos años en el Nivel/modalidad (contando el desempeño como Titular Interino) y cinco años en general en la Provincia de Buenos Aires en cualquier situación de revista.
  • Promedio de calificación no inferior a siete puntos contabilizando los desempeños como Titular Interino y Titular, en el cargo/módulos/horas cátedra en que solicita Reincorporación.
  • Apto psico-físico acreditado por la Dirección de Reconocimientos Médicos u Organismo que esta Dirección determinare.
  • No hallarse en condiciones de obtener los beneficios jubilatorios y requisito máximo de edad en el Nivel/modalidad en que solicita la Reincorporación.
  • En caso de haber cesado por sanción expulsiva, haber obtenido previamente la rehabilitación para reingresar en la docencia.
  • No exceder el máximo de cargos titulares establecido por el artículo 28 ni que se produzcan  incompatibilidad horaria determinadas en el artículo 29, con la carga horaria que aspira a Reincorporar.
En caso de haber cesado por sanción expulsiva, como se expresaba en el punteo, deberá el aspirante a la Reincoporación solicitar previamente su rehabilitación, y para ello podrá hacerlo en la medida que:

Cesantía: hayan transcurrido al menos tres años desde la fecha del cese 

Exoneración : hayan transcurrido cinco años desde la fecha en que se resolvió la sanción.

La solicitud de rehabilitación se presenta ante el Director General de Cultura y Educación y éste dará intervención al Tribunal de Disciplina. Asimismo, no podrán ser reincorporados los docentes inhabilitados judicialmente  mientras esté vigente la inhabilitación.


Procedimiento de Reincorporación:

El docente que solicita Reincorporación ante todo, es importante que sepa que el procedimiento en formato papel en términos reales solía demorar bastante tiempo (incluso dos o tres años), no obstante su gestión actual por la plataforma GDEBA puede acortar el mismo.

 En líneas generales el procedimiento puede resumirse del siguiente modo:

  1. El docente solicita su Reincorporación ante la SAD del distrito correspondiente.
  2. La SAD controla y eleva el legajo del aspirante a la Dirección de Personal en el Nivel Central.
  3. El legajo del aspirante pasa por diferentes Reparticiones en el Nivel Central incluso por la Dirección de Tribunales de Clasificación en la oficina de Coordinación y Trámite.
  4. En caso que la Reincorporación sea otorgada por el Nivel Central, el EE (Expediente Electrónico) regresará al territorio para lo notificación del docente en la SAD.
  5. La SAD procederá a dar un destino transitorio en el cargo reincorporado, dentro del Nivel/modalidad y distrito. Previo a devolver el EE, la SAD deberá adjuntar la Propuesta de Destino y la Toma de Posesión, como así también el acta de comparecencia firmada por el docente.  Tener en cuenta que el destino transitorio está sentado sobre una vacante y puede ser desplazado por acciones estatutarias. En tal caso el aspirante elegirá otro destino para continuar su transitoriedad.
  6. El docente en desempeño del destino transitorio,  podrá solicitar luego al Tribunal Descentralizado su Reincorporación definitiva a través del MAD en el marco del artículo 55g. Podrá incluso solicitar otro distrito sólo si adujera y documentara razones de unidad familiar o salud.

El marco normativo de la Reincorporación se sustenta en los artículos 98 a 100 del Estatuto (Ley 10.579)


DOCUMENTACIÓN A PRESENTAR

Se sugiere dirigirse a la SAD del distrito para informarse acerca de la documentación a presentar y el modo. No obstante en líneas generales puede resumirse de la siguiente manera:

  • Nota solicitando la Reincorporación. Aclarar cargo, Nivel/modalidad y distrito a reincorporar, aclarando fecha y causal de cese. Detallar en qué escuela y distrito desempeñó dicho cargo. Es recomendable informar los datos de contacto
  • Copia de algún couli de ese momento,  donde se advierta el  cargo titular y el número de secuencia, cuando el mismo estaba en desempeño 
  • Copia de Propuesta de Titular Interino y Designación en carácter de Destino  Definitivo firmadas por la SAD, del cargo al que se aspira a reincorporar. Asimismo de poseerlo, se deberá incluir el acto resolutivo en carácter de Titular con Destino Definitivo.
  • Copia de Toma de Posesión en la escuela en carácter de Titular Interino, como así también en el Destino Definitivo.
  • SET 4 con las calificaciones del cargo a reincorporar, ya sea en carácter de Titular Interino, como así también aquellas ya con Destino Definitivo hasta el cese.
  • Certificación de desempeño provisto por la escuela indicando periodo como Titular Interino o ya con Destino Definitivo.
  • Copia de DNI anverso y reverso en el que se aprecie incluso el número de CUIL.
  • Copia de Título habilitante para el cargo que aspira a reincorporar.
  • Oblea de puntajes del año en curso de Listado Oficial
  • En caso de haber renunciado, copia del formulario de Renuncia de cargo titular presentado ante la escuela y ésta ante la SAD y
  • Acto resolutivo de aceptación de renuncia a cargo titular notificado por SAD al interesado.
  • En caso de haber cesado por sanción expulsiva, se deberá adjuntar el acto administrativo de Rehabilitación. 
  • Apto psico-físico si lo tuviere.


Nota: en este publicación se detallaron los aspectos generales del procedimiento. No obstante se deberá contactar con la SAD del distrito en todos los casos, por cualquier particularidad en cuestión o bien en relación de informarse acerca de la documentación y modos de presentación del trámite.

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